Déjà vu: Jesús ofendido.Claudia Lagos Lira.
Coordinadora Programa de Libertad de Expresión, Instituto de la Comunicación e Imagen, Universidad de Chile.La reciente decisión del Consejo Nacional de Televisión (CNTV) de levantar cargos contra el Club de la Comedia, de Chilevisión, por “mofarse de Jesús de Nazaret”, nos transporta brutalmente a 1997. Peor aún: confirma que distintos organismos y actores vulneran los derechos esenciales, en general, y la libertad de expresión, en particular.
En 1997, la Corte de Apelaciones de Santiago concluyó que “La última tentación de Cristo”, la película de Martin Scorsesse, deformaba y humillaba la figura de Cristo. Tanto, “que su honra (la de Cristo) aparece vulnerada gravemente (…). El agravio a su honra (¡la de Cristo!) repercute o trasciende en la honra de los propios recurrentes (porque) al ofender, debilitar, deformar a la persona de Cristo, la película cuestionada ofende y agravia a quienes, como los recurrentes, basan su fe en la persona de Cristo, Dios y hombre, y a partir de esa convicción y realidad asumen y dirigen sus propias vidas”. El fallo fue ratificado por la Corte Suprema el mismo año y con él, se revirtió la decisión del Consejo de Calificación Cinematográfica de aprobar la exhibición de la película, adoptada un año antes. Entre las peculiaridades de la sentencia, es que se fijaba domicilio para Jesús… en el Paseo Ahumada.
Las semejanzas de los argumentos del CNTV con el fallo de hace más de diez años dan escalofríos. Dice el Consejo: “Se hace mofa de Jesús de Nazaret, figura central del cristianismo, venerada como El Cristo, el Hijo de dios Vivo, por sus fieles; que esas piezas sean (o pretendan ser) humorísticas no excluye dicha calificación pues el humor puede ser un instrumento eficaz para infligir las más duras ofensas; (…) se está frente a ultrajes a una figura estimada divina por los cristianos, a quien se ridiculiza, en un lenguaje y con alusiones procaces, groseras, vulgares; (…) esta manifestación de intolerancia entraña una vulneración del principio democrático”. El voto de mayoría fue suscrito por su presidente, Herman Chadwick, Consuelo Valdés, Jorge Carey, Gonzalo Cordero y Genaro Arriagada.
La principal diferencia es que el fallo judicial impidió efectivamente la exhibición de una obra fílmica durante varios años; es decir, censuró –aunque varios jueces insistan erradamente en que sólo pueden censurar órganos administrativos-; mientras que el Consejo decide levantar cargos contra contenidos ya exhibidos. Sin embargo, existe consenso en que resoluciones –administrativas, judiciales o de otro carácter- ex postpueden resultar abusivas.
No hay que olvidar que por argumentos similares a los invocados por el CNTV, la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó en 2001 al Estado de Chile por violar el derecho a la libertad de expresión, tal como lo consagra el Pacto de San José de Costa Rica, en el caso de “La última…”.
Decisiones como la de los tribunales en 1997 y la del Consejo de agosto pasado, vulneran la libertad de expresión porque no sólo cuestionan la legítima opinión (por más crítica o incómoda que ésta sea), sino que opera como inhibidor en la comunidad: cualquier humorista lo va a pensar dos veces antes de desarrollar una rutina que satirice cualquier religión, especialmente la católica.
No hay que olvidar que por argumentos similares a los invocados por el CNTV, la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó en 2001 al Estado de Chile por violar el derecho a la libertad de expresión, tal como lo consagra el Pacto de San José de Costa Rica, en el caso de “La última…”.
A mediados de los ‘80, la Corte Suprema de Estados Unidos conoció el caso de Larry Flynt, el empresario que había hecho fortuna con la revista Hustler y un imperio en la industria del porno. Flynt fue acusado por publicar caricaturas de un famoso y mediático pastor quien alegaba que eran lesivas a su honor y de mal gusto.
La Corte, sin embargo, prefirió tolerar ciertos excesos antes que establecer restricciones ya que “el corazón de la Primera Enmienda es reconocer la importancia fundamental de la libre circulación de las ideas. La libertad de expresión no es sólo un aspecto de la libertad individual, sino que es esencial para la búsqueda de la verdad y para la vitalidad de la sociedad en su conjunto. En el debate sobre los asuntos públicos muchas cosas tienen motivos que son menos que admirables; sin embargo, se encuentran protegidos por la Primera Enmienda”. Y eso incluía no sancionar la sátira, el humor, por más ofensivo que pudiera resultar. Un fallo que se produjo, además, en medio de la administración de Reagan que, para quienes no lo recuerden, no tenía nada de liberal.
Nosotros no tenemos Primera Enmienda ni nada parecido que diga que no se dictarán leyes que contravengan la libertad de expresión. Pero estaría bueno que nos preguntáramos si acaso es buena idea legitimar tantas restricciones. Si dormimos tranquilos entregándoles a distintos cuerpos legales y órganos –judiciales y administrativos- la posibilidad de restringir con tanta facilidad nuestros derechos fundamentales.
Vaya el reconocimiento a los votos de minoría, los consejeros Jorge Donoso, María Elena Hermosilla y Roberto Pliscoff, quienes entendieron que había que ponderar los dichos de “El club de la comedia” considerando que se trata de un programa… humorístico.El Mostrador
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