DIPUTADO DC ASEGURA QUE ÚNICA CONDICIÓN PARA VOTAR EN EL EXTRANJERO ES “SER CHILENO”

El parlamentario señaló, además, que “el derecho a voto tiene que ser sin condiciones. El goce de este derecho es por el solo hecho de ser chilenos y residir en el extranjero, sin condición alguna. El concepto “vínculos” con Chile, incluido en la reforma ingresada a la Cámara, entraba y es atentario al verdadero derecho de sufragio de los chilenos en país extranjero. Los chilenos en el extranjero forman parte del cuerpo político de nuestro país, por lo que no pueden ser excluidos.”
Precisó, también, que “aunque una ley orgánica determine o defina el concepto “vinculo”, ello es improcedente y limitativo. No es aceptable, porque el chileno en el extranjero siente que su verdadero vínculo es la nacionalidad chilena y nada más”.
Finalmente indicó que el derecho a voto de chilenos en el extranjero es un derecho humano, consagrado en los principios y en los Tratados Internacionales. [+/-] Seguir Leyendo...
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