miércoles, octubre 14, 2009

HOY SE VOTA PROYECTO QUE GARANTIZA “LUNA DE MIEL LEGAL”

Proyecto de diputada Carolina Goic busca establecer por ley, para todos los trabajadores, el derecho a cinco días hábiles de permiso para contar con una “luna de miel”, independientemente de las vacaciones.-
Un novedoso proyecto destinado a garantizar por ley un permiso de cinco días para los trabajadores y trabajadoras que contraigan matrimonio será votado hoy en la Cámara Baja. La iniciativa de la diputada DC Carolina Goic y de los diputados Gonzalo Duarte, Jorge Sabag y Mario Venegas, cuenta con amplio apoyo popular y se espera una favorable votación desde todas las bancadas.Consultada sobre el proyecto, la diputada Goic, presidenta de la comisión de Trabajo, explicó que “establecer por ley una luna de miel es un hecho ya concreto en numerosos países del mundo; de hecho, si avanzamos en esta materia estaremos no sólo mejorando las prácticas laborales, sino apoyando a la familia y a las parejas que consolidan una relación”. En España se otorgan 15 días, en Argentina, diez, y en Francia, cuatro días.

La parlamentaria agregó que “así como la ley otorga permisos por enfermedad del hijo o muerte del cónyuge, estimamos que el matrimonio es un acto solemne, fundamental y que requiere de un permiso especial para todos los trabajadores”.

Señaló , además, que “si bien algunas empresas cuentan con este beneficio para sus trabajadores, esto sólo ha sido fruto de negociaciones colectivas y no ocurre así en todas partes; de allí la necesidad de legalizar este importante derecho a la hora de contraer matrimonio”.

El proyecto establece que los días de permiso- “cinco días hábiles de permiso pagado, adicional al feriado anual, independientemente del tiempo de servicio- podrían tomarse antes o después del matrimonio.”

Se agrega que “estas disposiciones beneficiarán a todos los trabajadores que dependan de cualquier empleador, comprendidos aquellos que trabajan en su domicilio y, en general, a todos los que estén acogidos a algún sistema previsional.".

Finalmente, se especifica que “el trabajador deberá dar aviso a su empleador con treinta días de anticipación y presentar dentro de los treinta días siguientes a la celebración el respectivo certificado."
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