viernes, abril 03, 2009

La responsabilidad de los ejecutivos. ENRIQUE CURY URZÚA


"...las normas rigen para todos, sin consideración de posiciones económicas, sociales o de cualquier otra índole...".
Hasta hace poco tiempo, cuando en nuestro país se producía un accidente en una empresa por no haberse atendido las medidas de seguridad exigibles o porque a causa de una negligencia alguna industria distribuía al público un producto que provocaba daños en la salud o la vida de los usuarios, existía cierta probabilidad de que los perjudicados obtuvieran una reparación civil de carácter económico. En los casos más graves, en los cuales se configuraba claramente un hecho punible, era posible que algún dependiente de la entidad protagonista -generalmente un mando medio o, incluso, un inferior ubicado en el extremo de la cadena de distribución- recibiera una sanción penal. Con eso, el asunto se daba por resuelto.

Ya no más.

Eche usted una mirada a la prensa diaria y encontrará evidencias de que hoy la amenaza de la sanción penal no se cierne ya sobre los ejecutores finales de la conducta reprochada -el jefe de la faena en que se omitió la medida que habría evitado la desgracia o el repartidor que entregó el producto dañado a los que resultaron lesionados cuando lo ingirieron-, sino, directamente, sobre los gerentes generales y otros altos ejecutivos de las empresas implicadas.
Naturalmente, no podía ser de otra manera en el bullado caso de colusión imputado a tres cadenas de farmacias, porque si ese hecho efectivamente ocurrió, los únicos que podrían haber intervenido en él para que el acuerdo fuese efectivo eran los directivos de las entidades involucradas, de manera que si eventualmente la conducta resulta acreditada y se la juzga merecedora de una pena, ella lógicamente sólo podría imponerse a esos ejecutivos.

En cambio, resultan más ilustrativas de lo que quiero decir situaciones como las ocurridas con el alimento ADN, producido por la empresa Braun Medical, en la cual la persecución de una posible responsabilidad penal -que también habría podido perseguirse respecto de subalternos- se ha dirigido en contra de aquellos que dirigían la filial chilena, quienes, desde luego, debieron soportar una privación de libertad provisoria prolongada y se encuentran hasta ahora sometidos a limitaciones de ella.

En principio, esta tendencia merece aprobación. Desde luego, en ella se expresa la idea de que "a quien más se ha dado más se exige", como, asimismo, la de que en una organización empresarial compleja suelen ser quienes ocupan los cargos más altos los que cuentan con la posibilidad real de encauzar correctamente los procedimientos a que haya lugar en el curso de su operación. Además, ella realiza la exigencia de "igualdad ante la ley", conforme a la cual las normas rigen para todos, sin consideración de posiciones económicas, sociales o de cualquier otra índole. En conjunto, por consiguiente, tal actitud constituye un progreso más en la consolidación del estado democrático de derecho, en cuyo perfeccionamiento las orientaciones del sistema jurídico penal son decisivas. Pero, por otra parte -y precisamente por las mismas razones que encarecen su significado-, es importante que ese proceder se encauce de una manera prudente, evitando excesos que terminarían por desprestigiarlo. Así, por ejemplo, el afán de perseguir a toda costa la responsabilidad penal de los directivos de empresas no debe confundirse con el de presionar para obtener compensaciones económicas exageradas, ni ha de conducir a desentenderse de principios de justicia cuya aceptación universal actual ha sido conquistada laboriosamente, tras años de una lucha que a veces ha presentado características dolorosas.

En evitar que ello ocurra, viciando la encomiable inclinación a hacer una justicia más igualitaria y efectiva, cabe, como es evidente, una responsabilidad mayor a los jueces y, en alguna medida, también a los integrantes del Ministerio Público. En ellos descansa la responsabilidad de mantener el equilibrio inestable entre los razonables propósitos vindicativos de los afectados, la aspiración de la sociedad de afirmar la vigencia de las normas y los imperativos de justicia que fuerzan a salvaguardar en una misma medida los derechos de todos los participantes en la convivencia en contra de los excesos del poder estatal. No es, ciertamente, una tarea fácil, pues implica ahondar en la verdadera responsabilidad por los hechos, al mismo tiempo que se resisten presiones procedentes de todos los implicados, a menudo dotados de considerable poder económico o mediático; pero en eso, precisamente, radica la dignidad de esas tareas.
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