....EVO VERSUS MICHELLE .....discrimacion positiva...Que buena¡¡¡...D.Varela.
EVO MORALES, por razones de equidad, ha decidido eliminar el Ministerio de Asuntos indígenas y de la mujer por considerarlos discriminatorios.
La Corte Suprema de EE.UU., en fallo histórico, consideró que las escuelas públicas no podían utilizar la discriminación positiva, que garantiza plazas para minorías buscando asegurar una mayor equidad en los establecimientos de educación. Las razones esgrimidas por la Corte fueron las situaciones de injusticias en que blancos eran rechazados por no existir plazas para ellos.
Por su parte, Michelle Bachelet, ha enviado un instructivo a las reparticiones públicas en las que favorece la contratación de mujeres para cargos en la administración publica por sobre los varones, en similares condiciones. Conjuntamente dio a conocer iniciativa legislativa con la cual pretende aumentar el número de mujeres en cargos de elección popular a través de incentivos económicos a la campaña misma
¿ Dos mundos diferentes ? El uno, estableciendo, en aras de la justica, normas discriminatorias que son estimadas positivas, toda vez que reestablecerían criterios de igualdad con los hombres. El otro, un mundo moderno que al parecer viene de regreso del anterior, en el que , también por razones de justicia, quiere reestablecer la equidad para aquellos que fueron objeto de discriminación positiva.
Es claro, que unos y otros han adoptado medidas fundado en razones de justicia, con lo que se abre la duda sobre la relatividad de lo justo.
En esta pugna, estoy con Evo, porque la discriminación es, por concepto, negativo y contrario a justicia, sostener, livianamente que existe discriminación positiva o buena, es como sostener que existe un mal bueno o una mentira verdadera. Es similar, como señaló un amigo, al absurdo de llamar Pacificación de la Araucanía al genocidio indígena en Chile.
Hombres y mujeres somos iguales. Las diferencias o prerrogativas establecidas a favor de unos u otros son odiosas y por si arbitrarias, injustas, aun cuando estas se establezcan a favor del que aparece más débil. Es este criterio el acogido por nuestra constitución en el artículo 19 Nº 3. “ La Constitución asegura a todas las personas: Nº 3.- La igualdad ante la ley. En Chile no hay persona ni grupo privilegiados. En Chile no hay esclavos y el que pisa su territorio queda libre. Hombres y mujeres son iguales ante la ley. Ni la ley ni autoridad alguna podrán establecer diferencias arbitrarias.” El texto, así transcrito, es casi fiel al aprobado por el General y su Junta, y nuestra agraciada democracia, incorporó la frase “ Hombres y mujeres son iguales ante la ley”, lo cual me parece redundante.
La misma constitución Política, en su artículo 6 : establece las bases sobre las que se afirma nuestro estado de derecho, dicha norma expresa: “ Los órganos del estado deben someter su acción a la constitución y a las normas dictadas conforme a ella, y garantizar el orden institucional de la república.
Los preceptos de esta constitución obligan tanto a los titulares o integrantes de dichos órganos como a toda persona, institución o grupo.
La infracción de esta norma generará las responsabilidades y sanciones que determine la ley.”
Esta norma, obliga a todo chileno ( ¿ debo agregar “ y chilena? ) a someter sus conductas, acciones a la constitución, incluida la Presidente de Chile. Así, la Presidente de Chile, debe abstenerse de dictar normas que establezcan diferencias entre hombres y mujeres; lo que hace al adoptar medidas como las que enunciamos al iniciar este escrito.
Su propuesta sería así, inconstitucional, contraria a derecho y, probablemente, en corto tiempo impopular.
La Corte Suprema de EE.UU., en fallo histórico, consideró que las escuelas públicas no podían utilizar la discriminación positiva, que garantiza plazas para minorías buscando asegurar una mayor equidad en los establecimientos de educación. Las razones esgrimidas por la Corte fueron las situaciones de injusticias en que blancos eran rechazados por no existir plazas para ellos.
Por su parte, Michelle Bachelet, ha enviado un instructivo a las reparticiones públicas en las que favorece la contratación de mujeres para cargos en la administración publica por sobre los varones, en similares condiciones. Conjuntamente dio a conocer iniciativa legislativa con la cual pretende aumentar el número de mujeres en cargos de elección popular a través de incentivos económicos a la campaña misma
¿ Dos mundos diferentes ? El uno, estableciendo, en aras de la justica, normas discriminatorias que son estimadas positivas, toda vez que reestablecerían criterios de igualdad con los hombres. El otro, un mundo moderno que al parecer viene de regreso del anterior, en el que , también por razones de justicia, quiere reestablecer la equidad para aquellos que fueron objeto de discriminación positiva.
Es claro, que unos y otros han adoptado medidas fundado en razones de justicia, con lo que se abre la duda sobre la relatividad de lo justo.
En esta pugna, estoy con Evo, porque la discriminación es, por concepto, negativo y contrario a justicia, sostener, livianamente que existe discriminación positiva o buena, es como sostener que existe un mal bueno o una mentira verdadera. Es similar, como señaló un amigo, al absurdo de llamar Pacificación de la Araucanía al genocidio indígena en Chile.
Hombres y mujeres somos iguales. Las diferencias o prerrogativas establecidas a favor de unos u otros son odiosas y por si arbitrarias, injustas, aun cuando estas se establezcan a favor del que aparece más débil. Es este criterio el acogido por nuestra constitución en el artículo 19 Nº 3. “ La Constitución asegura a todas las personas: Nº 3.- La igualdad ante la ley. En Chile no hay persona ni grupo privilegiados. En Chile no hay esclavos y el que pisa su territorio queda libre. Hombres y mujeres son iguales ante la ley. Ni la ley ni autoridad alguna podrán establecer diferencias arbitrarias.” El texto, así transcrito, es casi fiel al aprobado por el General y su Junta, y nuestra agraciada democracia, incorporó la frase “ Hombres y mujeres son iguales ante la ley”, lo cual me parece redundante.
La misma constitución Política, en su artículo 6 : establece las bases sobre las que se afirma nuestro estado de derecho, dicha norma expresa: “ Los órganos del estado deben someter su acción a la constitución y a las normas dictadas conforme a ella, y garantizar el orden institucional de la república.
Los preceptos de esta constitución obligan tanto a los titulares o integrantes de dichos órganos como a toda persona, institución o grupo.
La infracción de esta norma generará las responsabilidades y sanciones que determine la ley.”
Esta norma, obliga a todo chileno ( ¿ debo agregar “ y chilena? ) a someter sus conductas, acciones a la constitución, incluida la Presidente de Chile. Así, la Presidente de Chile, debe abstenerse de dictar normas que establezcan diferencias entre hombres y mujeres; lo que hace al adoptar medidas como las que enunciamos al iniciar este escrito.
Su propuesta sería así, inconstitucional, contraria a derecho y, probablemente, en corto tiempo impopular.
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