PRESIDENTA DE LA COMISIÓN DE TRABAJO PIDE A TODOS LOS EMPLEADORES CUMPLIR CON NUEVA LEY QUE TERMINA CON BRECHA SALARIAL
Diputada DC Carolina Goic, una de las autoras de la iniciativa, pidió hoy a los sectores público y privado que se “pongan al día con esta nueva normativa que será promulgada a la brevedad, terminando con la brecha salarial entre hombres y mujeres”.Un llamado a todos los empleadores, a cumplir de inmediato con esta nueva disposición legal, formuló hoy la diputada DC y presidenta de la comisión de Trabajo, Carolina Goic, quien calificó la ley como “un cambio realmente histórico y de toda justicia, que contribuirá a terminar con la brecha salarial aún existente en nuestro país, permitiendo a las mujeres reclamar ante tribunales si continúa esta discriminación”.
Al respecto, Goic, una de los autores de la nueva ley, precisó que “hasta hoy, en nuestro país, por igual trabajo, las mujeres ganan un 30% menos que los hombres; una situación insostenible, que ha tenido a Chile como uno de los países con mayor discriminación salarial del mundo”.
La parlamentara agregó que “así como estamos insistiendo en relaciones laborales más modernas, fluidas y transparentes, fortaleciendo a los sindicatos, creo que este avance es fundamental, pues contribuye a generar igualdad y justicia en el ámbito de las remuneraciones, es, sin duda, un gran avance”.
Sobre la ley, que modifica el Código del Trabajo, precisó que “el empleador deberá dar cumplimiento al principio de igualdad de remuneraciones entre hombres y mujeres que presten un mismo trabajo, no siendo consideradas arbitrarias las diferencias objetivas en las remuneraciones que se funden, entre otras razones, en las capacidades, calificaciones, idoneidad, responsabilidad o productividad".
Consultada por los reclamos, explicó que “estos deberán constar por escrito y estar debidamente fundados. La respuesta del empleador deberá ser entregada dentro de un plazo no mayor a 30 días de efectuado el reclamo por parte del trabajador".
El proyecto de ley también alcanza a los trabajadores a contrata, señalándose expresamente que "en los empleos a contrata la asignación a un grado será de acuerdo con la importancia de la función que se desempeñe y con la capacidad, calificación e idoneidad personal de quien sirva dicho cargo y, en consecuencia, les corresponderá el sueldo y demás remuneraciones de ese grado, excluyendo toda discriminación que pueda alterar el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres".
En el caso de los empleados públicos, también se prohibirá la discriminación por razones de género y,en caso de discrepancia con el empleador, se podrá recurrir a la Contraloría. [+/-] Seguir Leyendo...
Al respecto, Goic, una de los autores de la nueva ley, precisó que “hasta hoy, en nuestro país, por igual trabajo, las mujeres ganan un 30% menos que los hombres; una situación insostenible, que ha tenido a Chile como uno de los países con mayor discriminación salarial del mundo”.
La parlamentara agregó que “así como estamos insistiendo en relaciones laborales más modernas, fluidas y transparentes, fortaleciendo a los sindicatos, creo que este avance es fundamental, pues contribuye a generar igualdad y justicia en el ámbito de las remuneraciones, es, sin duda, un gran avance”.
Sobre la ley, que modifica el Código del Trabajo, precisó que “el empleador deberá dar cumplimiento al principio de igualdad de remuneraciones entre hombres y mujeres que presten un mismo trabajo, no siendo consideradas arbitrarias las diferencias objetivas en las remuneraciones que se funden, entre otras razones, en las capacidades, calificaciones, idoneidad, responsabilidad o productividad".
Consultada por los reclamos, explicó que “estos deberán constar por escrito y estar debidamente fundados. La respuesta del empleador deberá ser entregada dentro de un plazo no mayor a 30 días de efectuado el reclamo por parte del trabajador".
El proyecto de ley también alcanza a los trabajadores a contrata, señalándose expresamente que "en los empleos a contrata la asignación a un grado será de acuerdo con la importancia de la función que se desempeñe y con la capacidad, calificación e idoneidad personal de quien sirva dicho cargo y, en consecuencia, les corresponderá el sueldo y demás remuneraciones de ese grado, excluyendo toda discriminación que pueda alterar el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres".
En el caso de los empleados públicos, también se prohibirá la discriminación por razones de género y,en caso de discrepancia con el empleador, se podrá recurrir a la Contraloría. [+/-] Seguir Leyendo...
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