miércoles, marzo 25, 2009

LA CONSTITUCIÓN DEL BICENTENARIO. Senador Eduardo Frei Ruiz-Tagle.


Se propone una reforma constitucional sustancial que pueda cerrar la transición a la democracia y que sea expresión de las aspiraciones y necesidades de todos los chilenos. La reforma se funda en lograr un mejor equilibrio entre el Presidente de la República y el Congreso. Se asegura también mayor transparencia, participación e iniciativa ciudadana en todos los procesos legislativos y fiscalizadores con interpelaciones programadas y con primarias obligatorias o con la firma de un mínimo de ciudadanos para todos los candidatos a cargos de elección popular. Contiene una propuesta potente de regionalización política y administrativa que crea un nuevo gobierno regional y un alcalde mayor que son elegidos de modo directo y concejos
comunales con nuevas atribuciones conjuntamente con una política pública y privada de ocupar todo el territorio del país. Se pide terminar con las barreras de entrada a la política y se aboga por el voto voluntario y la inscripción automática para incluir en la ciudadanía efectiva a todos los chilenos,independiente de si viven en Chile o el extranjero o de su afiliación política.
También se ha propuesto la idea del diálogo social obligatorio entre trabajadores y empresarios y terminar con las barreras entre la política y la sociedad. La reforma comprende la ampliación de la nacionalidad y la mayor igualdad de los derechos ciudadanos y una nueva concepción de los derechos fundamentales que refuerce los derechos económicos y sociales y que consagra a nivel constitucional que la pobreza es contraria a los derechos humanos. Se propone restablecer el principio democrático a nivel legislativo y reformar el contenido y la ampliación de las leyes orgánicas.La reforma comprende la reordenación de las disposiciones referidas a las fuerzas armadas en la carta fundamental y la sustitución del concepto de seguridad nacional por el de seguridad exterior e interior. Además incluye el agregado del concepto de seguridad ciudadana y del Ministerio que se ocupará de la misma lo que implica fusionar el Ministerio del Interior y Secretaría General de la Presidencia como una sola cartera dedicada a las materias políticas. Los principios de control y responsabilidad constitucional deben también hacerse efectivos de acuerdo con esta propuesta respecto del Tribunal Constitucional, el Banco Central, la Contraloría y los demás órganos autónomos. Finalmente, la reforma se piensa como un proceso colectivo, institucional y gradual,
mediante el cual pueda prevenirse la Asamblea Constituyente, que ya ha sido propuesta en Chile para adaptar nuestra Constitución a las necesidades actuales.
INTRODUCCION
Agradezco la invitación a participar en esta Comisión Parlamentaria referida al estudio del mejor régimen político para nuestro país. En las sesiones de esta Comisión que me han precedido, muchas personas muy ilustradas han manifestado su compromiso con la reforma política. Esto debe ser un doble motivo de alegría, primero porque nuestra carta fundamental requiere de importantes perfeccionamientos. Segundo, porque en una república como la nuestra, los procesos de reforma constitucional son experiencias colectivas, que no las puede hacer una persona por si misma, sino que deben contar con el apoyo de la mayoría. Por mi parte, desde al menos finales del año 2003 y principios del 2004 vengo planteando la necesidad de
una reforma sustancial a nuestra Constitución. Es cierto que valoro positivamente todas las reformas que se le han hecho desde el año 1990 a la fecha y que suman más de 100, lo que coloca a esta Constitución entre las más reformadas de nuestra historia. Pero al mismo tiempo creo que en la materia del régimen de gobierno y en otras muy significativas el trabajo de reformar nuestra carta fundamental todavía esta pendiente. Las reformas que se hicieron durante mi gobierno convocaron a todos los sectores. Por eso, ahora es necesario dar un nuevo impulso que nos permita construir entre todos los chilenos la Constitución del Bicentenario.
1) EQUILIBRIO ENTRE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL
CONGRESO:
1.1) Cooperación entre el Presidente y el Congreso: En cuanto a las propuestas concretas creo que en lo que se refiere al régimen de gobierno debemos terminar con la batalla de las etiquetas entre el presidencialismo y el parlamentarismo. Debemos buscar un sistema que funcione y que pueda equilibrar mejor la relación entre el Presidente de la República y el Congreso. Para avanzar en esa dirección parece razonable que los parlamentarios puedan ser nombrados ministros de Estado de manera de usar los talentos que están disponibles en el Congreso para las tareas políticas y terminar con las separaciones tajantes entre estos dos poderes para que puedan colaborar más estrechamente.
1.2) Reformar atribuciones del sistema bicameral: Aunque algunos han propuesto crear un sistema unicameral, me parece que debe mantenerse la cámara política junto con la institución del Senado. Mantener el sistema bicameral desde luego supone revisar las distritos y circunscripciones existentes y reforzar en la cámara alta sus atribuciones para que esta sea un lugar de deliberación política del más alto nivel, como lo fue en buena parte de la historia de Chile. Por ejemplo, puede agregarse a las facultades del Senado la de aprobar por la mayoría de sus integrantes la designación de los Embajadores.
1.3) Modificar el periodo presidencial: Adicionalmente, he criticado el plazo
del periodo presidencial que creo debe extenderse a cinco o seis años, sin posibilidad de reelección y propongo alternativamente mantener el plazo de cuatro años con la posibilidad de reelección inmediata y por una sola vez.
1.4) Disolución de las Cámaras: Propongo también que el Presidente pueda disolver las Cámaras y llamar a elecciones por una sola vez durante su mandato, y que esta facultad pueda servir para generar una nueva mayoría que le permita gobernar evitando el empate y la sensación de estar en un pantano político.
1.5) Reforzar las capacidades del Congreso: Otras reformas sustanciales deben hacerse también respecto del proceso legislativo para asegurar la calidad técnica de nuestras leyes. Para eso creo conveniente incorporar más y mejores profesionales que asesoren en calidad de funcionarios civiles al Parlamento en la elaboración de los proyectos de ley. Estos profesionales deben ser a su vez capaces de ayudar a evaluar políticas públicas vinculadas a iniciativas legislativas y experiencias de fiscalización.
1.6) Modificar las atribuciones legislativas del Presidente: También debe revisarse el excesivo poder presidencial en cuanto a la iniciativa legislativa y las urgencias, particularmente en lo que respecta a las materias económicas y presupuestarias. Se trata que sin caer en la trampa que fueron en nuestra historia las leyes periódicas, seamos capaces de aprender de las formas de control presupuestario parlamentario que existen en otros países.
Estamos presenciando en estos días como en EE.UU. a raíz de la crisis de Wall Street y la guerra de Irak el Congreso ejerce sus funciones con responsabilidad. Esta experiencia no está lejos de lo que necesitamos para abordar reformas complejas como las del Transantiago y otras materias semejantes.
1.7) Reestructurar Ministerios: Se propone la reestructuración del Ministerio de Planificación para que pase a ser un Ministerio Coordinador de Políticas Sociales que pueda actuar colaborar y coordinarse con el Ministerio de Hacienda.
2) TRANSPARENCIA, PARTICIPACION E INICIATIVA
CIUDADANA:
2.1) Iniciativa popular y derogación de la barrera política social: Nuestra propuesta debe asegurar más transparencia y una política activa que promueva la iniciativa popular y la participación ciudadana en el proceso legislativo, que pueda servir para profundizar y complementar las propuestas que han sido debatidas en el Congreso. Así podrá producirse un mayor equilibrio entre los principios de la democracia representativa y la participación ciudadana. Sabemos que el sistema político chileno enfatiza demasiado el aspecto representativo y limita la participación. Por eso, debe proponerse también la derogación del artículo 231 de nuestra Constitución, que junto con algunas otras disposiciones todavía exhibe una concepción corporativista y conservadora que es arcaica porque separa la política, de la actividad gremial y de las organizaciones sociales. Esta norma es
El artículo 23 de la Constitución vigente dice: “Los grupos intermedios de la comunidad y sus dirigentes que hagan mal uso de la autonomía que la Constitución les reconoce, interviniendo indebidamente en actividades afines, serán sancionados en conformidad a la ley. Son incompatibles los cargos directivos de las organizaciones gremiales con los cargos directivos superiores, nacionales y regionales de los partidos políticos. La ley establecerá las sanciones que corresponda aplicar a los dirigentes gremiales que intervienen en actividades político partidistas y a los dirigentes de los partidos políticos que interfieran en el funcionamiento de las organizaciones gremiales y demás grupos intermedios que la propia ley señale.”
incompatible con los principios del constitucionalismo republicano. La,reforma constitucional que ha propuesto el gobierno para ampliar las formas de la iniciativa popular se refiere a la posibilidad que la ciudadanía proponga proyectos de ley en coordinación con los parlamentarios y con el ejecutivo en las materias que son de su iniciativa, excluyendo ciertas materias fundamentales y este proyecto parece en principio razonable.
2.2) Ampliar iniciativa legislativa: Sabemos también que la reforma constitucional del año 2005, entre otras cosas pretendió equilibrar ciertos poderes del parlamento en relación con el ejecutivo presidencialista chileno y que el Congreso ha iniciado un periodo de mayor protagonismo político. Sin embargo, todavía está pendiente acercar la labor parlamentaria a la ciudadanía. Se trata que los legisladores chilenos actúen de acuerdo con los intereses de la ciudadanía en un momento de gran desconfianza popular hacia la clase política. Como muestra de la existencia de esta
desconfianza basta citar los resultados de las encuestas, por ejemplo, Encuesta CEP Junio 2007, en las que más del 81,1% de los encuestados piensa que los parlamentarios ejercen sus funciones pensando en sus propios intereses electorales y que sólo el 9,4% de ellos piensan en los intereses del país. Por eso la reforma a nivel orgánico supone también modificar los sujetos y requisitos que pueden proponer leyes y de modo derivado introducir cambios en la ley orgánica y en los reglamentos de las Cámaras del Congreso Nacional.
2.3) Ampliación de derechos y cooperación ciudadana en el proceso legislativo: A nivel dogmático y de principios la reforma puede ir acompañada de otras modificaciones constitucionales, tales como ampliar el derecho de petición y asociación para que se incluyan de modo más directo el derecho fundamental a la participación ciudadana, del cual mucho se predica pero la verdad poco se practica. La iniciativa ciudadana también comprende la idea de la participación ciudadana parlamentaria, es decir de la intervención más activa del pueblo en las comisiones
parlamentarias que tramitan cada proyecto y eso supone también que debe asegurarse el acceso ciudadano a las formas de la fiscalización parlamentaria. En esta materia también pueden hacerse importantes progresos en nuestro país. Por ejemplo, sería bueno trasparentar en un listado las personas naturales y jurídicas que intervienen con su opinión en los procesos de formación de la ley e iniciar una campaña activa para promover el acceso de nuevos grupos relevantes que antes han estado marginados.
2.4) Fiscalización con interpelación programada: En cuanto a la fiscalización la interpelación parlamentaria no debe entenderse como lo ha sido hasta ahora, sólo como una instancia preparatoria de la acusación constitucional, sino que debe entenderse también como un momento privilegiado de información pública ciudadana en el contexto parlamentario, lo que puede servir para facilitar la deliberación sobre cuestiones relevantes. Así se ha propuesto que en forma pública el gobierno junto con la oposición acuerden un calendario y un sistema permanente de interpelaciones programadas de los Ministros de Estado y de otras autoridades públicas, respecto de las que se establezca una agenda para que se presenten a dar cuenta de sus tareas frente al Congreso. Por ejemplo, si consideramos 22 ministros, podrían programarse hasta tres citaciones por cada ministro durante cada año y preguntarles cuestiones sobre su cartera que interesen a la ciudadanía. Así se puede evitar el movimiento de péndulo que supone ir desde una sensación de total irresponsabilidad en el ejercicio del cargo, hasta el terror pánico que surge frente a la inminencia de la interpelación y la acusación constitucional.
2.5) Primarias obligatorias para cargos de elección popular: En una línea
consistente con mis propuestas anteriores propongo reformar la Constitución para que todos los cargos de elección popular requieran como requisito previo la celebración de primarias obligatorias en cada partido que proponga candidatos y en el caso de los independientes exigir un número mínimo de ciudadanos que respalde su candidatura. Este requisito deberá aplicarse al cargo de Presidente de la República, los Parlamentarios, los Alcaldes, los Concejales y los Delegados de Asambleas Regionales que se propone incorporar en esta reforma al gobierno de cada región.
3) PROPUESTA DE GOBIERNO REGIONAL, ALCALDE MAYOR Y GOBIERNO LOCAL
3.1) Reformar para dar poder político y económico a las regiones: Desde la Constitución de 1828 a la fecha en Chile se ha postergado instalar una efectiva distribución del poder político y económico a nivel regional. En la Constitución de ese año se crearon las Asambleas Provinciales que volvieron a proponerse en la carta fundamental de 1925 y también quedaron pendientes. La propuesta de dar atribuciones políticas y económicas a las regiones que ha sido debatida en el Congreso debe profundizarse y complementarse con la creación de Alcaldes mayores en las áreas metropolitanas densamente pobladas y reorganizar el gobierno local, es un proyecto país que debe iniciarse en el próximo gobierno que requiere un gran acuerdo político y social que garantice la materialización de las reformas que lo hagan posible en un período de aproximadamenteuna década. Además compromete acciones y recursos públicos y privados, porque se propone igualar sustancialmente las condiciones de vida de los
chilenos en todo el territorio de nuestro país. Es quizá el proyecto país más
ambicioso que puede pensarse para el Bicentenario de nuestra Independencia. Se trata de un cambio profundo sobre la forma como se gobierna, administra, gestiona, ocupa y desarrolla Chile desde sus regiones.
Esta reforma representa el sueño de país que miles y miles de jóvenes tienen, y que está dormido y entrampado por falta de audacia, voluntad de cambio y una cultura conservadora respecto a la concepción del Estado y del Gobierno de nuestro país.
3.2) GOBIERNO REGIONAL:
3.2.1) Elección de Asamblea Regional y revocación del mandato del Intendente: Se propone que el Intendente y los gobernadores sigan siendo cargos de confianza del Presidente. Sin embargo, se agrega la idea que el Intendente presidirá el gobierno regional, que tendrá como órgano colegiado una Asamblea Regional de delegados elegidos en votación directa con un sistema proporcional semejante al de los Concejales comunales y de acuerdo a la población y el número de provincias o
comunas de cada región. El Intendente quedará sujeto a una forma de revocación popular que pueda obligar al Presidente que los designa a su destitución si luego de reunido un número de ciudadanos de la región se pide un plebiscito y en él triunfa la opción favorable a la revocación del cargo. El Presidente podrá designar al reemplazante discrecionalmente. Lo anterior implica introducir una causal de destitución adicional a la pérdida de confianza del Presidente de la República. Este sistema se ha usado respecto de algunos gobernadores estatales en EE.UU. y en otros países y puede ser útil para Chile. Lo importante es democratizar y responsabilizar a
los gobiernos regionales.
3.2.2) Transferencia de potestades políticas y recursos: El gobierno regional formado por la Asamblea Regional, que preside el Intendente, tendrá atribuciones políticas para resolver sus materias propias, que excederá el ámbito de las atribuciones administrativas deslocalizadas, descentralizadas o desconcentradas como sucede hasta ahora. Las potestades políticas regionales radicadas en las Asambleas Regionales pueden implicar celebrar sesiones en forma similar al Congreso Nacional,
intervenir en nombramientos de funcionarios a nivel regional, crear o fusionar municipalidades en su región, autorizar los presupuestos y el uso del total de los recursos públicos regionales, crear un plan regional de desarrollo, dar cuenta del estado agrícola, industrial y económico de la región, recoger y publicar estadísticas, y amplias atribuciones en materias de salud, transporte, medio ambiente, educación, cultura y deportes a nivel regional. Existirá un servicio civil con ministerios y servicios a nivel regional.
3.2.3) Política de ordenamiento territorial pública y privada: Los ministerios de carácter sectorial en cada región se formaran con su plantaque será distribuida en cada una de las regiones, y reteniendo para los Ministerios a nivel del gobierno central exclusivamente poderes normativos y fiscalizadores de la ejecución de las políticas regionales.
Todas las empresas del Estado deberán localizarse en las regiones. Se otorgaran incentivos tributarios para que las empresas privadas sitúen sus casas matrices en las diferentes regiones del país. También se establecerá una política similar con los organismos de defensa y con las universidades,institutos o centros de formación técnica, sean estos de carácter público y privado, los que se someterán a una política de ordenamiento territorial.
Con estas medidas se espera contribuir de modo sustancial a la formación de una masa crítica a nivel regional de profesionales y personas que puedan contribuir al desarrollo en este nivel de gobierno. Los fondos de innovación que son producto del mayor precio del cobre se invertirán con un destino de financiar la investigación regional y se incentivará la conexión de internet y la inversión pública y privada en la formación de colegios y hospitales en los lugares de cada región donde sean requeridos para mejorar la calidad de vida de todos los chilenos.
3.2) ALCALDE MAYOR:
3.2.1) Elección de Alcalde Mayor: Introducir la figura de un Alcalde Mayor electo en votación directa, con atribuciones amplias para que ejerza sus funciones en grandes zonas urbanas, tales como Santiago, Valparaíso y Concepción. El Alcalde Mayor deberá tener un Concejo Metropolitano que se forma con los alcaldes de las comunas que forman su zona y con atribuciones de veto a las decisiones de dicho cuerpo colegiado radicadas en el alcalde mayor.
3.2.2) Transferencia de potestades y relaciones con otras autoridades: El alcalde mayor se propone como una autoridad metropolitana para coordinar transporte, urbanismo, educación, salud y medio ambiente, la seguridad ciudadana etc. La relación entre esta autoridad metropolitana y la Asamblea Regional y los demás alcaldes con los que debe coordinarse debe ser también objeto de la reforma constitucional al régimen de gobierno.
3.3) GOBIERNO LOCAL:
3.3.1) Control, fiscalización y primarias obligatorias para cargos de elección popular: A los alcaldes la Contraloría no los ha fiscalizado de modo eficiente y la Justicia Electoral rara vez los destituye, lo que sumado a su reelección sucesiva genera un cuadro de poca transparencia y exhibe muchas falencias en la gestión eficiente de los problemas locales. Por ello se propone imponer el requisito que los candidatos a Alcalde sean elegidos en primarias internas en cada partido o con la firma de un mínimo de ciudadanos al igual que todos los cargos de elección popular, incluidos también los concejales.
3.3.2) Nuevas atribuciones del Concejo Comunal: Aumentar las atribuciones de los Concejos Comunales para que fiscalicen la publicidad, los sistemas computacionales, y el detalle del trabajo en materias de salud, educación, aseo, seguridad y otras que tantas imperfecciones tienen en nuestras comunas.
3.3.3) Revisar las formas del referéndum o plebiscito comunal: Por supuesto, a nivel local en Chile es conveniente también revisar las formas del referéndum o plebiscito comunal y dilucidar el porqué esta fórmula jurídica que está disponible no ha sido utilizada en nuestro país como debiera y ha sido sustituida por un remedo que en verdad lo constituyen las consultas que las autoridades municipales manejan en sus propuestas y sus resultados.
4) VOTO VOLUNTARIO E INSCRIPCION AUTOMÁTICA PARA INCLUIR NUEVOS CIUDADANOS
4.1) Problemas de apatía y debilidad de la democracia: Permítanme ahora expresar una reflexión más amplia que muchas personas comparten. La transición democrática está todavía inconclusa en Chile y por eso no debe sorprendernos que los jóvenes y muchas personas se declaren apáticos de la política. Se ha debilitado el compromiso con la democracia, entre otras cosas porque nuestro sistema constitucional enfatiza de manera desequilibrada la representación política y desincentiva la participación. La
democracia aparece débil en lo que respecta al respeto de los derechos fundamentales y surgen también dudas de cómo pueda dar seguridad a todos los ciudadanos y garantizar las bases de un sistema educacional, de un sistema de salud y una normativa laboral que sea justa. Se han erosionado además los criterios racionales para el reconocimiento delmérito profesional y para el acceso a los cargos públicos. Por eso no es de extrañar que surjan de modo creciente formas robustas de desobediencia civil entre los estudiantes secundarios y universitarios, entre los
trabajadores subcontratados, entre los indígenas y otros grupos que perciben la carencia de acceso participativo. A ellos se los ha descalificado y marginado, y por eso mismo es posible que ellos no hayan articulado con claridad y certeza sus demandas. Han tenido que saltarse los modos convencionales de diálogo con las autoridades. Han usado formas ingeniosas de aparecer ante los medios de comunicación. Luego del rechazo y desconfianza inicial, muchas de sus peticiones han sido aceptadas, peticiones que debieron ser mejor conocidas y en verdad
aceptadas en un comienzo.
4.2) Voto voluntario e inscripción automática: Lo que se puede observar,entonces, es que diversos grupos ciudadanos hacen valer sus demandas y las expresan con formas de desobediencia civil. Esta actitud representa un serio desafío al sistema político chileno que ve con desconfianza la participación ciudadana. Para el neoliberalismo que todavía ejerce su influencia en nuestra política, la ausencia de participación es un bien, porque desde esa particular y equivocada visión de los asuntos públicos se piensa que la falta de participación refleja un síntoma de consenso, de
conformidad y de potencial satisfacción en el consumo de los así denominados “bienes públicos”. Pero esta pasividad en verdad favorece a una minoría que goza de los “bienes públicos” de modo desproporcionado y que desincentiva el ejercicio de la participación ciudadana a nivel de club, iglesia, barrio, liceo, universidad, empresa, comuna, región y país.Tenemos que cambiar este estado de cosas e integrar e incluir a todos los chilenos en el proceso político y social para que todos reciban los beneficios de la modernidad. Para eso debemos establecer un sistema de voto voluntario y de inscripción autómatica, porque paises más pobres que nosotros ya han podido terminar con la tramitación registral del sufragio que no hace más que dificultar el acceso real a la ciudadanía.La justificación de las dificultades de implementar estas medidas recuerdan las excusas del autoritarismo para establecer registros electorales. Se puede ampliar el personal y el horario de atención en el Registro Electoral, abrir oficinas en Municipalidades, el Registro Civil, crear un acceso por web, y asignar y crear nuevas mesas junto con traer máquinas de votación etc. Se trata de una cuestión de voluntad política que es urgente en nuestro país.
4.3) Diálogo social obligatorio: He introducido además un proyecto de ley que busca establecer un diálogo social obligatorio, periódico y directo entre trabajadores y empresarios para que se traten en forma directa las cuestiones que interesan a estos sectores de la sociedad. Esta forma de comunicación programada no sólo puede ayudar a prevenir conflictos, sino que también puede constituir un incentivo para que se consolide una forma de liderazgo sindical y empresarial más profesional y responsable y que tenga con sus contrapartes niveles de confianza mayores a los que
actualmente existen en Chile. También servirá para dar mayor visibilidad pública a los líderes de los trabajadores que hasta ahora han sido preteridos en el debate público.
5) APERTURA AL MUNDO GLOBALIZADO IMPLICA NUEVA CONCEPCION DE LA NACIONALIDAD
5.1)Nacionalidad y globalización: Desde luego debemos revisar las normas que tenemos para acceder a la nacionalidad en un mundo globalizado y con un fenómeno creciente de migración regional. En Chile no se acepta la obtención de la nacionalidad por tener un vínculo matrimonial con un chileno o chileno lo que debemos revisar entre otras causales.
5.2)Una Ciudadanía amplia e igualitaria: Además en Chile debemos concebir la ciudadanía como vinculada a una idea de igualdad y no como una realidad
fragmentada en diversos estamentos estancos llenos de requisitos y que inhiben y coartan la expresión del pueblo ciudadano. Para eso es importante aprobar el ejercicio del derecho de sufragio de los chilenos en el extranjero para suprimir la discriminación entre chilenos de primera y segunda categoría.
6) IGUALDAD EFECTIVA DE INDEPENDIENTES Y PARTIDOS POLITICOS
6.1)Incentivos para los independientes: También debemos revisar la posibilidad que los independientes participen de modo efectivo en el proceso político, revisando todas las discriminaciones y prácticas odiosas que existen a su respecto. Por ejemplo, se debe revisar la ventaja que tienen los candidatos de partidos vis a vis los independientes en cuanto a la inscripción de sus candidaturas, acceso a franja de televisión, financiamiento y designación de remplazantes en caso de muerte. Los partidos no deben designar de modo discrecional a sus parlamentarios cuando estos fallecen o son inhabilitados, y debe llamarse a una elección complementaria, salvo en el último año del periodo, en cuyo caso debe nombrarse a quién le sigue en votación dentro del pacto que corresponde al parlamentario y en caso de no estar disponible ir así hasta encontrar a quién haya sido votado en esa elección, aunque no sea del mismo partido de quién ya no puede ejercer el cargo. Se trata con esta
propuesta de respetar el principio de la soberanía popular. Y con esta
propuesta, en ningún caso se debilita a los partidos, sino más bien se refuerza
su democracia interna, su transparencia, su fidelidad a sus estatutos y su
lealtad para que sus militantes pueden ejercer sus derechos en forma libre e igual.
7) UNA NUEVA CONCEPCION DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES:
7.1) Reforzar los derechos sociales y económicos: Se propone reforzar la protección, la promoción y la garantía de los derechos sociales y económicos, tales como el derecho a la salud, a la educación, al trabajo, a la seguridad social, a la sindicalización que están en proceso de reformulación por la vía de la interpretación y de la reforma constitucional para terminar con la concepción que sólo ve en la protección de la propiedad el único fin del sistema de derechos de nuestra carta fundamental. Porque en una sociedad con tantos problemas de distribución, de igualdad, y de acceso a una libertad efectiva de las personas, los
derechos económicos y sociales, ya mencionados no pueden ser desestimados, ni considerados como si fuesen aspiraciones programáticas ideales o juegos de palabras, sino que deben tener protección efectiva y formar parte central de nuestro sistema constitucional. Todo lo anterior implica revisar las acciones constitucionales de protección, de amparo, de amparo económico etc. y ver de qué modo estas dan verdadero acceso a los derechos fundamentales, particularmente respecto de los derechos sociales y económicos de los ciudadanos chilenos de a pie.
7.2) Incorporar la idea que la pobreza es contraria a los derechos humanos:
He propuesto también que junto el terrorismo se agregue la consideración de la pobreza extrema, y que sea definida por esencia como contraria a los derechos humanos, y que por supuesto se revise el inciso segundo del artículo 92 de la Constitución porque puede imponer un doble castigo a la misma conducta terrorista, lo que es contrario a las convenciones internacionales y los principios del debido proceso.
8) TERMINAR CON LA EXCLUSION Y REFORMAR EL SISTEMA ELECTORAL:
8.1) Modificar los efectos de exclusión y el sistema electoral: Por supuesto que debemos revisar el sistema electoral particularmente en lo que se refiere a las elecciones parlamentarias porque con el sistema bi nominal impropio que existe en Chile se ha producido la exclusión de la izquierda extraparlamentaria y de cualquier nueva fuerza política que busque representar la diversidad del país. Este sistema produce un efecto semejante al derogado antiguo artículo 83 que fue concebido por
2 El artículo 9 de la Constitución dispone que: “El terrorismo en cualquiera de sus formas, es por esencia contrario a los derechos humanos. Una ley de quórum calificado determinará las conductas terroristas y su penalidad. Los responsables de estos delitos quedarán inhabilitados por el plazo de quince años para ejercer
funciones o cargos públicos sean o no de elección popular, o de rector o director de establecimiento de educación, o para ejercer en ellos funciones de enseñanza; para explotar un medio de comunicación social o ser director o administrador del mismo, o para desempeñar en el funciones relacionadas con la emisión o difusión de opiniones o informaciones; ni podrán ser dirigentes de organizaciones políticas o relacionadas
con la educación o de carácter vecinal, profesional, empresarial, sindical, estudiantil o gremial en general, durante dicho plazo. Lo anterior se entiende sin perjuicio de otras inhabilidades o de las que por mayor tiempo establezca la ley. Los delitos a que se refiere el inciso anterior serán considerados siempre comunes y
no políticos para todos los efectos legales y no procederá respecto de ellos el indulto particular, salvo para conmutar la pena de muerte por la de presidio perpetuo.”
3 El antiguo artículo 8 de la Constitución que validaba la exclusión y que fue derogado en 1989 decía: “Todo acto de persona o grupo destinado a propagar doctrinas que atenten contra la familia, propugnen la violencia o una concepción de la sociedad, del Estado o del orden jurídico, de carácter totalitario o fundada
en la lucha de clases, es ilícito y contrario al ordenamiento institucional de la República. Las organizaciones y los movimientos o partidos políticos que por sus fines o por la actividad de sus adherentes tiendan a esos objetivos, son inconstitucionales. Corresponderá al Tribunal Constitucional conocer de las infracciones a lo dispuesto en los incisos anteriores. Sin perjuicio de las demás sanciones establecidas en la Constitución o en la ley, las personas que incurran o hayan incurrido en las contravenciones señaladas precedentemente no podrán optar a funciones o cargos públicos, sean o no de elección popular, por el término de diez años contado desde la fecha de la resolución del Tribunal. Tampoco podrán ser rectores o directores de establecimientos de educación o administrativos del mismo, ni desempeñar en él funciones relacionadas con
la emisión o difusión de opiniones o informaciones; ni podrán ser dirigentes de organizaciones políticas o relacionadas con la educación o de carácter vecinal, profesional, empresarial, sindical, estudiantil o gremial en general, en dicho plazo. Si las personas referidas anteriormente estuvieren a la fecha de la declaración del los juristas de la dictadura para fundar una falsa democracia protegida que se caracterizaba por la exclusión política. Para remediar esta
situación en el contexto del sistema electoral mayoritario, comparto la idea de otorgar representatividad parlamentaria a todos los grupos que superen el 5% de la votación aunque ellos no obtengan la mayoría en ninguna de los escaños al parlamento. Se trata de corregir el carácter excluyente del sistema que en el caso de Chile se exacerba demasiado.
Es importante también considerar como incluir de manera más igualitaria en nuestro sistema político a las personas que pertenecen a las etnias indígenas.
9) TERMINAR EL BLOQUEO LEGISLATIVO DE LAS MINORIAS Y LAS LEYES ORGANICAS
9.1) Restablecer el principio de la mayoría a nivel legislativo: Algo semejante debe hacerse en lo que respecta a todo el sistema de quórums legislativos que iguala la mayoría con la minoría en su poder lo que es una aberración en un sistema democrático. En la democracia representativa se supone que debe gobernar la mayoría respetando la participación y los derechos de las minorías. En el Chile de hoy la mayoría gobierna empatada con la minoría. Por eso es necesario revisar las leyes orgánicas y las leyes de quórum calificado y reducir al máximo el impacto del sistema
de mayorías especiales establecidas en nuestra Constitución que casi ha
cuadriplicado su influencia sobre el proceso legislativo desde 1990 a la
fecha.
9.2) Revisión del contenido y expansión de las leyes orgánicas: La revisión
de la tan criticada Ley Orgánica Constitucional de Educación o Tribunal, en posesión de un empleo o cargo público, sea o no de elección popular, lo perderán, además, de
pleno derecho. Las personas sancionadas en virtud de este precepto, no podrán ser objeto de rehabilitación durante el plazo señalado en el inciso cuarto. La duración de las inhabilidades contempladas en este artículo se elevará al doble en caso de reincidencia”. Este artículo fue sustituido por el artículo 19 No.15 inciso 6 que
también es necesario revisar en su aplicación porque actualmente dispone que: “La Constitución garantiza el pluralismo político. Son inconstitucionales los partidos, movimientos u otras formas de organización cuyos objetivos, actos o conductas no respeten los principios básicos del régimen democrático y constitucional,
procuren el establecimiento de un sistema totalitario, como asimismo aquellos que hagan uso de la violencia, la propugnen o inciten a ella como método de acción política. Corresponderá al Tribunal Constitucional declarar este inconstitucionalidad. popularmente denominada “LOCE” y que hoy ha iniciado el proceso de ser sustituida por la Ley General de Educación y una Ley de Educación
Pública, es la primera de una serie de revisiones que debe hacer el Congreso de todas las leyes orgánicas que algunos concibieron en los oscuros días del gobierno de facto como verdaderas leyes de amarre y que todavía permanecen vigentes. Son más de veinte leyes que se refieren a materias muy importantes, tales como, Banco Central, Administración del Estado, Carabineros, Fuerzas Armadas e Investigaciones, Concesiones mineras, Congreso Nacional, Gobiernos y Consejos Regionales de
Desarrollo, Contraloría, Estados de Excepción Constitucional, Inscripciones Electorales y Servicio Electoral, Municipalidades, Partidos Políticos, Tribunal Calificador de Elecciones, Tribunal Constitucional, Votaciones Populares y escrutinios. Son precisamente estas materias que corresponden a las leyes orgánicas las que requieren de una revisión acuciosa en la sede del Congreso para impregnarlas de manera decisiva de los principios democráticos y republicanos y de la modernidad que requiere nuestro sistema político y para erradicar en ellas toda la lógica
fáctica que puede estarlas contaminando como una plaga heredada de la
dictadura militar.
10) NUEVAS FUERZAS ARMADAS Y NUEVA CONCEPCION DE LA SEGURIDAD:
10.1) Sustituir la idea de seguridad nacional por la de seguridad exterior e
interior: También debemos dejar atrás muchas cosas que todavía contaminan nuestro código político como son las innumerables referencias a la seguridad nacional, que desde el artículo 1 de nuestra carta fundamental son un triste recuerdo de lo que fue una doctrina de división y guerra que envenenó la convivencia entre los chilenos. Por su parte, las materias de seguridad pueden quedar bien ordenadas a nivel constitucional si se usa la división conceptual de seguridad externa o exterior y seguridad interior o interna. Lo anterior implica revisar la necesidad de mantener el Consejo de Seguridad Nacional y del capítulo de las Fuerzas Armadas en
la Constitución y considerar su alternativa de traspasar estos a una ley o a
un reglamento. Las Constituciones de los países europeos y americanos más desarrollados no tienen estos capítulos castrenses en su carta
fundamental.
10.2) Introducción del concepto de seguridad ciudadana y de su Ministerio:
En los temas de seguridad ciudadana he propuesto la creación de un Ministerio de Seguridad, que coordine a los diversos organismos públicos que deben asumir tareas esenciales al respecto y que dependen de diversos ministerios y autoridades. Necesitamos una autoridad específica, con dedicación exclusiva, para hacer frente no solo a los aspectos propiamente policiales, sino que también se ocupe de la prevención del delito y la rehabilitación de los que han delinquido. De este ministerio deben depender las Policías, Gendarmería, el CONACE, el Instituto Médico
Legal y otros organismos.
10.3) Fusión de Ministerios Políticos: Junto con esta reforma, que traspasa la tarea de seguridad ciudadana al nuevo Ministerio de Seguridad, debe fusionarse el Ministerio del Interior con el Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Este Ministerio propiamente político asumiría las tareas de coordinación política del gobierno y la relación con el Congreso y su agenda legislativa.
11) REFORZAR PRINCIPIOS DE CONTROL Y RESPONSABILIDAD CONSTITUCIONAL:
11.1) Un nuevo sistema de control y responsabilidad constitucional: En lo
que respecta al sistema de control constitucional también debe ser parte de revisión. Por ejemplo, los ministros del Tribunal Constitucional y los
Consejeros del Banco Central que tienen enorme poder político no tienen
responsabilidad constitucional y no se los puede acusar constitucionalmente. Esto resulta una aberración en el sistema republicano donde no debe existir poder sin que exista al mismo tiempo como contrapartida un control y una responsabilidad subsiguiente. En este mismo tema de los sistemas de control es necesario ordenar mejor las relaciones entre la Contraloría, la Corte Suprema y los tribunales, el Tribunal Electoral y por supuesto el Tribunal Constitucional. Todos estos órganos
de control deben actuar no en defensa de sus intereses de cuerpo, sino con un espíritu ciudadano. Por eso, el sistema completo de los órganos autónomos de gobierno y de control y justicia constitucional debe ser revisado para lograr un mejor balance entre estos y los demás poderes del Estado. Es conveniente también estudiar todo el tema de los sistemas de control en lo contencioso administrativo en que se mide la eficacia de resguardar los derechos de las personas frente a los actos de la administración. Se trata en definitiva de asegurar las bases republicanas
del constitucionalismo y la democracia representativa en Chile.
12) REFORMA CONSTITUCIONAL Y ASAMBLEA CONSTITUYENTE:
12.1) La reforma constitucional gradual previene la asamblea constituyente: Finalmente, para hacer todos estos cambios no se necesita ni conviene instalar una Asamblea Constituyente. Se puede seguir progresando en esta dirección mediante la reforma constitucional gradual tal como se ha venido haciendo hasta la fecha con resultados limitados.
Pienso que estamos mejor que nunca antes en nuestra historia para generar un nuevo orden constitucional, porque tenemos una situación de relativa paz y porque en las diversas fuerzas políticas hay conciencia de la necesidad de hacer una reforma profunda. En ninguna de las propuestas que he planteado he querido ser original ni maximalista, sino que he recogido lo mejor de las ideas que están disponibles entre nosotros y aquí las presento para que sean debatidas y mejorar nuestra política. No
desperdiciemos esta oportunidad que nos puede llevar a un momento especial de nuestra vida republicana. Un momento que se exprese en una nueva Constitución del Bicentenario. Un momento que sea capaz de generar a su vez un sentimiento profundo de patriotismo constitucional que perviva por muchos años entre todos los chilenos.&&&
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