BURGOS Y WALKER INGRESAN PROYECTO QUE TRANSPARENTA APORTES MONETARIOS A LA BARRAS Y RESPONSABILIZA A DIRIGENTES
Iniciativa, redactada por los diputados DC Matías Walker y Jorge Burgos, busca modificar la actual ley de violencia en los estadios agregando transparencia a la entrega de recursos a las barras. “Con esto estamos poniendo el dedo en la yaga, los representantes legales tendrán que pensar dos veces si entregan estos aportes o no a las barras bravas.”
Responsabilizar a los dirigentes deportivos y a sus clubes de los daños y la violencia en los estadios, provocados por las barras y transparentar el aporte económico que reciben estas últimas, son los principales objetivos del proyecto de ley ingresado esta mañana por los diputados DC Matías Walker y Jorge Burgos.
Según explicó el diputado Matías Walker, “si bien la ley lleva más de 15 años de vigencia, las condenas por los casos de violencia en los estadios han sido excepcionales y parece ser evidente el escaso efecto disuasivo que han tenido sus normas, pues los hechos de violencia siguen siendo la principal noticia cuando hay espectáculos deportivos de alta convocatoria.”
La iniciativa, que modifica la ley Nº 19.327, señala que en cuanto a la responsabilidad de los dirigentes, podrán ser sancionados con multas de doscientas a cuatrocientas unidades tributarias mensuales, a beneficio fiscal, lo que podrá duplicarse en caso de reincidencia.
Por otra parte, como una forma de terminar con la escasa transparencia que existe en torno al aporte que reciben las barras, el proyecto “obliga a que cualquier apoyo monetario o avaluable monetariamente con que los Clubes Deportivos beneficien a sus respectivas barras, deba ser público. Con ello estimamos quedaría claro para la comunidad y para las autoridades cómo y de qué manera los mismos Clubes que se supone rechazan la violencia en los estadios, por otro lado respaldan o financian a sus principales exponentes”
Sobre el tema, Walker explicó que “hay que ponerle el cascabel al gato al grave problema que hoy día origina la violencia en los estadios que es el apoyo que las sociedades anónimas deportivas a las barras bravas del futbol que hoy día están alejando a las familias del estadio. Son los mismos dirigentes o los clubes los que entregan aportes a las barras bravas del futbol ya sea en entradas, transporte o teléfonos celulares. Con esto establecemos dos cosas: primero, que todo aporte a las barras bravas tiene que estar registrado e informado a Carabineros y a la Intendencia respectiva y en segundo lugar se hace responsable a los representantes legales de las Sociedades anónimas deportivas responsables personalmente con su patrimonio de cualquier acción que facilite los delitos sancionados por la ley de violencia en los estadios.”
Por su parte, el diputado Jorge Burgos agregó que “Si estás barras se dedicaran simplemente a alentar, no habría ningún problema, pero todos sabemos que a partir de la organización de estas barras se cometen una serie de ilícitos en los estadios y en la cercanía a los estadios que afectan no sólo a los hinchas si no que también a los vecinos; yo represento una comuna donde la gente tirita cuando hay partidos y eso no puede ser.”
Se agrega que “en el caso que se facilite una entrada a una persona que haya sido condenada en los últimos cinco años por un delito de violencia en los estadios se presumirá la responsabilidad legal en el representante legal del club deportivo.”
Por otra parte, la iniciativa señala que , considerando el carácter de negocio privado del fútbol profesional, no es posible seguir aceptando que las externalidades negativas de los espectáculos de alta convocatoria, y protagonizadas por personas y grupos que amparados por los mismos clubes, tengan que sólo ser soportadas por los vecinos a los recintos deportivos o por la sociedad en su conjunto.
Por lo anterior, “se propone la responsabilidad solidaria de los clubes y sus dirigentes. Esperamos que ello los disuada acerca de la necesidad de precaver y evitar los hechos de violencia protagonizados bajo la excusa del entusiasmo deportivo.
Finalmente, se contempla un artículo transitorio que establece una vacancia legal de seis meses, tiempo durante el cual deberá dictarse el reglamento para el registro de actividades de promoción indicado en el artículo 4 bis propuesto.
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