jueves, octubre 26, 2006

...UN APORTE...SE HACERCA LA DESIGNACION DE UN NUEVO FISCAL NACIONAL....PBW.

NUEVO SISTEMA PROCESAL PENAL, MITOS Y REALIDADES.
Que ha cambiado?
Cambiaron las penas; cambio lo sustantivo; cambiaron los delitos? Ciertamente ello no ha cambiado, lo sustantivo, las penas y sus formas de aplicarlas y los delitos siguen siendo los mismos del Código Penal que permitía a la justicia antigua sancionar a los delincuentes.
Entonces que ha cambiado? Ha cambiado la forma de procesar a los delincuentes, ha cambiado la publicidad del proceso y ha cambiado, fundamentalmente, quien determina llevar a juicio al que ha cometido un delito. En efecto, de un Juez que tomaba conocimiento de la denuncia, investigaba, procesaba y sancionaba, hemos derivado a un sistema en que quien toma conocimiento de la denuncia, investiga y decide que lo investigado merece o puede ser objeto de una sanción penal, es una persona, el Fiscal; quien determina, la situación procesal de esa persona, es decir, si el juicio definitivo lo debe esperar en prisión o en libertad, es otra persona, el juez de garantía; y, finalmente, quien determina si la persona es culpable o inocente, y fija la pena en este último caso es un Tribunal Colegiado, formado por tres Jueces Orales. Todo lo anterior, por cierto, de manera muy gruesa y apta para ser comprendida por todos.
Ahora bien, por que es necesario saber o comprender cual es el Nuevo Sistema Procesal Penal. Porque es la única manera de la cual podemos entender que quien decide llevar a juicio a una persona no es el Juez Garantía ni es el Tribunal Oral, es el Fiscal. Es el Fiscal y no otra persona quien decide Formalizar (llevar a juicio) (someter a proceso en el antiguo sistema) a un sujeto. Que significa Formalizar? En términos simples, significa señalarle al Juez de Garantía que existen elementos suficientes para imputar a una persona determinada, determinado delito, por el cual debe o merece ser sancionado. Formalizada que sea una persona, por un delito determinado, el Juez de Garantía, no puede extender su ámbito de acción a otros delitos que los señalados por el Fiscal y así entonces, las determinaciones esenciales que importan a la sociedad, es decir, si el sujeto imputado es o no merecedor de esperar su juicio en libertad, están en directa relación con el delito que se le ha imputado o por el cual se le ha formalizado.
Así entonces, si un Fiscal decide formalizar a una persona por el delito de daños, a pesar de que ha dejado entrever, en sus apariciones mediáticas, que esa persona posiblemente es la autora del delito de incendio o de un delito sancionado por la Ley que castiga los actos terroristas, el Juez de Garantía, no puede, no debe, sería ética, legal y moralmente inaceptable, proceder a juzgar, en cuanto a su derecho a la libertad provisional, a esa persona por hechos que no están en la solicitud de formalización del señor Fiscal. Sin embargo, la sensación ambiente que queda es que ha sido el Juez de Garantía quien ha permitido salir en libertad al monstruo que ha insinuado el Fiscal y condenado la prensa. Así entonces será la Justicia, la que cargará sobre sus hombros el pesado fardo mediático de no haber cumplido con las expectativas creadas a la sociedad por insinuaciones no concretadas y por la sed de vendetta generada por una prensa que lo único que busca es generar sensación de inseguridad. Pueden, el Juez de Garantía y el Tribunal Oral, sancionar por delitos cuya formalización no se ha concretado? Pueden, el Juez de Garantía y el Tribunal Oral, aplicar penas mayores que las que están fijadas en la Ley para el delito por el cual una persona ha sido formalizada por el Fiscal. Categóricamente NO PUEDEN.
Tengo la extraña sensación de que no todo lo que brilla es oro, tengo casi la certeza de que se hace necesario y extremadamente URGENTE una revisión del nuevo sistema procesal penal, antes de que el mismo vaya adquiriendo vicios y mañas de los cuales después nos arrepentiremos. Tengo la extraña sensación de que tanta publicidad y alabanzas terminan por tapar defectos y debilidades que, a los que estamos o conocemos el sistema, nos van apareciendo cada día más evidentes. Ahora es la hora de hacer una evaluación descarnada de lo que ha sido la marcha en estos últimos tres años del nuevo sistema procesal penal. Se aproxima con el cambio de Fiscal Nacional, el término de una etapa importante, la puesta en marcha del sistema. Con la designación del nuevo Fiscal Nacional, comenzará la etapa de la consolidación del mismo. Sin lugar a dudas, esta nueva etapa debe corregir errores e imperfecciones inherentes a la implementación de algo nuevo. Lo más peligroso será caer en la autocomplacencia.